martes, 18 de junio de 2013

El Diputado en Representacion por La Romana Lic. Plutarco Perez

La Romana, Rep. Dom.
17 de junio del 2013

Señor:
LIC. BENJAMÍN MARTÍNEZ CEPEDA
Presidente del Consejo de Directores de la Corporación de
 Acueducto y Alcantarillado de La Romana (COAAROM)
Sus manos.

Distinguido Señor:

  A propósito de la discusión que se ha estado desarrollando en algunos medios de comunicación en relación a quienes pueden ser, conforme a la constitución y la ley, miembros del Concejo de Directores de la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de La Romana (COAAROM), creo oportuno señalar:

El art. 77 de la Constitución en su numeral 3, establece: “los cargos de senador y diputado son incompatibles con otra función o empleo público, salvo la labor docente. La ley regula el régimen de otras incompatibilidades; Visto así, indica que por la función docente si pueden cobrar remuneraciones”.

A ese efecto el art. 144 Ibídem., que dice: “ningún funcionario o empleado del estado puede desempeñar, de forma simultánea, más de un cargo remunerado, salvo la docencia. La ley establecerá las modalidades de compensaciones de las y los funcionarios y empleados del Estado, de acuerdo con los criterios de merito y características de prestación de servicio”.

Atendiendo a estos dos artículos, tratemos de interpretar el espíritu del legislador constituyente, y observemos el contenido del art. 178 Ibídem: “el Concejo de la Magistratura estará integrado por: El presidente de la República, quien lo presidirá y en su ausencia por el vicepresidente de la República, El presidente del senado, Un senador escogido por los senadores…, El presidente de la cámara de diputados…, Un diputado o…, El presidente de la suprema corte de justicia, Un magistrado…, El procurador…”;

Como podemos apreciar lo que la Constitución está evitando es que un mismo funcionario desempeñe varias funciones publicas y que pueda recibir remuneraciones por cada una de ellas, ya que, al no ser una Constitución excluyente es aplicable a todos por igual y como no hace excepción más que: ningún funcionario o empleado del Estado puede desempeñar, de forma simultánea, más de un cargo remunerado, y al señalar que los legisladores son parte del Concejo de la Magistratura, se deduce que esta permitido que los  legisladores  sean parte de cualquier Concejo de Directores de cualquier  institución pública y en las mismas condiciones que aquellos.

Desconozco las razones que han tenido algunas personas para desatar una campaña de descredito en contra de los legisladores que forman parte del Concejo de Directores y que alimentado por la ignorancia de otros, se han creído la gran mentira de que los legisladores estamos en la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de La Romana (COAAROM) de manera ilegal, tal vez ignorando  que la Ley no. 385-98 de fecha 24/07/1998, que crea la Corporación de Acueductos y Alcantarillados de La Romana (COAAROM), nos señala como miembros titulares de dicho consejo.

Como funcionario elegido por voto popular estoy constitucionalmente obligado a desempeñar todas las funciones que la Constitución y las leyes me confieren, cuando fue promulgada la Ley no. 385-98 de fecha 24/07/1998, que crea la Corporación de Acueductos y Alcantarillados de La Romana (COAAROM), el suscribiente no era legislador, lo que implica que no es una ley personal, sino una función propia de la posición que actualmente desempeño, por lo cual estoy en el deber de cumplir con ese mandato legal, y consecuentemente lo seguiré cumpliendo hasta que sea modificada la ley, ya sea por el Congreso o por una resolución judicial.

Reiterando mí deseo de seguir contribuyendo con la comunidad de La Romana, que es a quienes me debo como representante.

Deferentemente,

Plutarco Pérez
Diputado de la República
En Representación Provincia La Romana

CC: ING. CASIMIRO REY MARTÍNEZ REYES: Director Ejecutivo
DR. GILBERTO CEDEÑO: Representante Central Romana
DR. JUAN JOSE SANTANA MEDRANO: Gobernador Provincial
LIC. ARMANDO CÉSPEDES: Representante Cámara de Comercio La Romana
ING. MARCOS RODRÍGUEZ: Representante Por  INAPA
LIC. JUAN ANTONIO ADAMES BAUTISTA: Alcalde Municipal La Romana
LIC. FÉLIX MORLA: Alcalde Municipio Villa Hermosa
LICDA. BETHANIA ZORRILLA: Alcaldesa Municipio Guaymate
DRA. AMARILIS SANTANA CEDANO: Senadora Provincial
DR. TEODORO URSINO REYES: Diputado
EUGENIO CEDEÑO ARECHÉ: Diputado
PEDRO TOMÁS BOTELLO SOLIMÁN: Diputado

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